Lo que nos indica la ley es que se limitará a tres minutos el tiempo de espera para ser atendido telefónicamente en servicios generales de información, reclamación y postventa. Si nuestra centralita realiza el filtrado previo, pero luego se encola la llamada y el cliente tiene que esperar porque todas las personas de atención al cliente están ocupadas, este tiempo máximo tiene que ser de tres minutos, es decir que, nuestra centralita sea capaz de realizar el filtrado previo para que la persona que llama sea atendida por el departamento adecuado.

Otra novedad importante de la futura Ley de Este contenido solo está disponible para usuarios registradosLas pymes en principio, salvo que pertenezcan a alguno de estos sectores no se ven afectadas, aunque es posible que pueda entrar algún sector más durante la tramitación parlamentaria de la misma. Entrada en vigor enero 2024. Mas información con nuestros asesores Carrillo.