Se amplia plazo de solicitud hasta el 30 de junio

Subvención a fondo perdido con una cuantía máxima por beneficiario en cada convocatoria de 180.800€.

La intensidad máxima de la subvención podrá ser de hasta el 100% sobre el gasto subvencionable, y su cálculo se hará según la tipología de ronda:

  1. Ronda Pre-semilla: una subvención de 10.000 euros por los primeros 10.000 euros invertidos más un 10% de las cantidades adicionales aportadas.
  2. Ronda Semilla: una subvención de 25.000 euros sobre los primeros 160.000 euros invertidos más un 7% de las cantidades adicionales aportadas.
  3. Ronda Serie A: una subvención de 73.300 euros sobre los primeros 850.000 euros invertidos más un 5% de las cantidades adicionales aportadas.

Las aportaciones realizadas por los inversores privados podrán ser vía capital, prima de emisión o nota convertibles.

Concurrencia no competitiva

Beneficiario:

PYMES con forma societaria mercantil de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, y que cumplan los siguientes requisitos:

  1. que sean empresas innovadoras con potencial tecnológico y/o escalables.
  2. que desarrollen las actividades del proyecto subvencionado dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  3. que su actividad se enmarque en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS4 Región de Murcia, https://www.ris4regiondemurcia.es)

Gastos elegibles:

Según tipología de proyecto, los costes elegibles podrán abarcar los siguientes:

  1. Costes de personal dedicado al proyecto objeto de subvención, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Coste máximo mensual por trabajador a tiempo completo de 7.200 euros.
  2. Gastos de colaboraciones externas directamente relacionados con el proyecto empresarial: investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, consultoría y servicios equivalentes, servicios de dirección y gestión estratégica del proyecto empresarial prestados por expertos externos, entre otros. Máximo: 75% costes del proyecto.
  3. Gastos de viajes de prospección y asistencia a eventos derivados de desplazamientos de la empresa directamente relacionados con el proyecto subvencionable.
  4. Inversiones en activos materiales e inmateriales.
  5. Costes indirectos: 7% de la suma de los costes elegibles del proyecto.

Los proyectos subvencionables podrán ser algunos de los siguientes:

  1. Proyectos de innovación de producto o proceso.
  2. Proyectos de inversión productiva.
  3. Proyectos de digitalización de la gestión y prestación de servicios de la empresa.
  4. Proyectos de promoción, lanzamiento y posicionamiento de producto o servicio.
  5. Proyectos de internacionalización de producto o servicio.